Los ministerios del sector deberán permitir «la libre participación y la más amplia concurrencia de inversionistas”. La norma reglamenta incentivos para la inversión en minería, hidrocarburos, energía y otros.

El Gobierno decidió salir a la búsqueda de capitales privados e inversión extranjera ante la falta de recursos para desarrollar proyectos estatales en los sectores estratégicos de hidrocarburos, minería, energía, transporte, entre otros, para lo cual, luego de 10 años, decidió reglamentar la Ley 516 de Promoción de Inversiones del 4 de abril de 2014.

El gabinete de ministros del presidente Luis Arce aprobó el miércoles el Decreto Supremo 5248 que tiene por objeto reglamentar la otorgación de la calidad de inversión preferente, incentivos generales e incentivos específicos.

El analista del sector minero, Héctor Córdova, señaló que la norma busca la llegada de capitales privados para proyectos del Estado y a primera vista se observa de manera  general que la misma tiene un carácter más liberal.

¿Qué es una inversión preferente?

La Ley 516 define que la inversión que se destine al desarrollo de los circuitos productivos de los recursos naturales estratégicos y a las actividades económicas que contribuyan al cambio de la matriz productiva desarrolladas en el marco de la planificación del desarrollo económico y social del país, adquirirá la calidad de «inversión preferente» cuando se asigne a alguna de las siguientes actividades a:  

  • Determinadas actividades del circuito productivo de recursos naturales estratégicos en las áreas de hidrocarburos, minería, energía, transporte, que contribuyan a generar valor agregado. Además de turismo, agroindustria, textiles y otros que aporten valor agregado, con alto potencial innovador y generación de capacidades y conocimientos en el capital humano

¿Qué dice el Decreto 5248?

Los incentivos a ser propuestos para su aprobación mediante Ley o Decreto Supremo, incluyen y no se limitan a:

  • Subsidios y subvenciones de carácter sectorial.
  • Depreciación acelerada a efectos de la determinación del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.
  • Mecanismos de promoción de la inversión.
  • Otros identificados por los ministerios cabeza de sector.

La otorgación de la calidad de inversión preferente, incentivos generales e incentivos específicos, está orientada bajo los siguientes principios:

La otorgación de la calidad de inversión preferente, incentivos generales e incentivos específicos, deben permitir alcanzar los objetivos y resultados programados en la planificación económica y social del país;

Señala que los ministerios que gestionen la otorgación de la calidad de inversión preferente, incentivos generales e incentivos específicos, deberán hacerlo en los sectores que estén a su cargo en el marco de sus atribuciones; deberán permitir la libre participación y la más amplia concurrencia de inversionistas, a través de mecanismos de publicidad.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Planificación Estratégica del Estado, verificará que la propuesta para la otorgación de la calidad de inversión preferente al proyecto de inversión, cumpla con la presentación de los requisitos previstos a fin de continuar con la evaluación o rechazar la propuesta. También evaluará si la propuesta para la otorgación de la calidad de inversión preferente al proyecto de inversión cumple o no con los criterios de calificación establecidos en reglamentación específica, pudiendo solicitar complementaciones a los ministerios cabeza de sector.

Los ministerios cabeza de sector que cuenten con uno o varios proyectos de inversión calificados como inversión preferente, deberán realizar convocatorias públicas para que los inversionistas interesados presenten propuestas que desarrollen la inversión y ejecución del proyecto, salvo que la identificación del inversionista sea realizada de manera directa.

Los ministerios cabeza de sector serán responsables de identificar al inversionista que implementará el proyecto de inversión. La calificación del proyecto de inversión como inversión preferente será realizada mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Planificación del Desarrollo.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Planificación Estratégica del Estado, verificará si las propuestas para la otorgación de incentivos generales presentadas por los ministerios cabeza de sector cumplen con los requisitos a fin de continuar con la evaluación o rechazar las propuestas. También evaluará si las propuestas son o no aplicables, de acuerdo con los parámetros establecidos en reglamentación específica, pudiendo solicitar complementaciones a los ministerios cabeza de sector.

¿A cuánto asciende la inversión extranjera que recibe Bolivia?

La inversión extranjera directa neta (IED) que recibió Bolivia en el primer semestre del año, llegó a 136 millones de dólares, flujos que se recuperaron respecto a la IED de 2023, en similar período, la cual que fue negativa en (-74 millones de dólares), según datos del Banco Central de Bolivia (BCB).

En particular, el sector de industria manufacturera tuvo un flujo neto positivo de 57 millones de dólares; hidrocarburos, de 45 millones; intermediación financiera, 26, y minería, 17 millones. Sólo el comercio registró una contracción de menos (-) 18 millones de dólares.

La inversión extranjera directa, en el primer semestre de 2014, había llegado a 727 millones de dólares, y en 2015 a 716 millones de dólares, pero desde entonces los flujos han disminuido de manera considerable, como revelan los cuadros del BCB. En el primer semestre de 2016, la inversión cayó a 315 millones de dólares, al año siguiente a 297 millones, en 2018 a 166 millones de dólares, en 2019 el flujo fue negativo en menos (-) 142 millones, y en 2020 en menos (-) 226 millones de dólares.

En 2021 hubo una recuperación cuando se recibieron 263 millones de dólares, en 2022 otros 105 millones de dólares y un flujo negativo de menos (-) 136 millones de dólares, el año pasado.

¿Una norma más liberal?

Héctor Córdova explicó que la reglamentación de la inversión preferente de la Ley de Promoción de Inversiones, está dirigida a atraer inversión en los proyectos que maneja el Estado, sin embargo, llama la atención, dijo que la norma en su artículo 3 incluye un artículo más liberal para la llegada de capitales privados al permitir la libre participación y concurrencia y competencia de inversionistas.

La norma señala que la otorgación de la calidad de inversión preferente, incentivos generales e incentivos específicos, está orientada bajo los siguientes principios: eficacia, competencia y libre participación.

“Libre Participación. Los ministerios cabeza de sector, deberán permitir la libre participación y la más amplia concurrencia de inversionistas, a través de mecanismos de publicidad”, precisa el decreto en su artículo 3.

De acuerdo con Córdova, con esta norma, el Estado está reconociendo que no cuenta con recursos y necesita que lleguen inversores privados para impulsar y desarrollar proyectos definidos como inversión preferente.

Dijo que, en general, es interesante que el Gobierno se abra a la atracción de inversión, pero más allá de incentivos tu otros, lo importante es que el país brinde garantías y estabilidad a los inversionistas, y asegurarles que no se cambiarán las reglas de juego, no se nacionalizará, que habrá protección en caso de avasallamientos.

Fuente: Visión 360