El ministro de Energía, Juan Carlos Bermeo, entregó el pasado 19 de agosto, a la Presidencia de la República, el proyecto de reforma a la Ley de Hidrocarburos y el proyecto de Codificación del Reglamento de Aplicación a la Ley de Hidrocarburos. Lo hizo cumpliendo el plazo que se había establecido para estas dos tareas y que era de 30 días después de emitido el Decreto 95, un paraguas general sobre la nueva política petrolera del Ecuador.
Las dos propuestas normativas deberán ser analizadas y revisadas en la Presidencia para que luego puedan ir a la Asamblea, en el primer caso, y se la reforme directamente desde el Ejecutivo, en el segundo.
De acuerdo con el ministro de Energía, Juan Carlos Bermeo, las reformas normativas buscan dar mayor seguridad jurídica, necesaria para captar inversiones en toda la cadena de valor vinculada a la actividad petrolera. La reforma legal establece cinco puntos específicos de cambio:
Se establece la norma para que los campos en producción, operados por la empresa pública, puedan ser delegados a la iniciativa privada. Este proceso viabilizará la atracción de mayores inversiones y el incremento de la producción de crudo.
En segundo lugar queda establecida la posibilidad de que se migren los contratos actuales de manera libre y voluntaria a contratos de participación. El Ministerio dice que se busca mejorar las condiciones, satisfaciendo los intereses de ambas partes. En el contrato de participación se incorporará un factor de corrección que permite a las partes reestablecer el equilibrio económico del contrato en referencie a la participación, procedimientos para la entrega, al pago a la contratista y la equidad económica.
La garantía del periodo de exploración se reducirá en proporción directa al cumplimiento del Plan Exploratorio comprometido para impulsar el desarrollo de nuevos campos y procesos de exploración.
También se norma la transferencia de un contrato o cesión a terceros de los derechos provenientes de este, medida que según el Gobierno fortalece la seguridad jurídica.
Finalmente, se establece la exoneración de tributos al comercio exterior (entre ellos el ISD) para las importaciones de combustibles derivados de hidrocarburos biocombustibles y gas natural, destinados para el consumo interno del país.
De acuerdo con Fernando Santos, exministro de Energía, los cambios de la ley, especialmente sobre la migración de contratos y la delegación de campos de la petrolera pública a manos privadas, son iniciativas positivas que van a atraer la inversión y por ende repercutirán en el aumento de la producción. Santos considera que las reformas no son muy controversiales, sino reformas moderadas, por lo que sí es posible que la Asamblea las apruebe. Si no se llegaran a aprobar, dijo, se estaría enviando un mensaje a los inversionistas en el sentido de que la inversión extranjera no es bienvenida en el país.
Explicó además que es positivo que se eliminen los impuestos para la importación de combustibles, pues actualmente las privadas sí pagan mientras que Petroecuador no lo hace. Esta medida tiene dos beneficios, por un lado, el Estado se alivia de tener que destinar recursos a la importación, y por otro, la importación por parte de las privadas no encarecería el precio del producto.
Entre tanto, sobre la reducción de la garantía para la exploración (que entrega la empresa al Estado del 20 %), indica que sería un incentivo a las empresas, debido a que ahora, deben esperar los cuatro años para que se les devuelva dicha garantía. Al aprobarse esta medida lo que lograría es igualar al sistema que ya se mantiene con respecto a la fase de explotación.
De otro lado, considera que los cambios en el reglamento son más sencillos, pues se los hacen directamente. Por ejemplo, para conseguir la autorización para traspaso de derechos a terceros, el reglamento ahora indica que las empresas deben tener la misma solvencia técnica que la predecesora. Sin embargo, las compañías grandes ya se están dedicando a fuentes alternativas de energía, por lo que ahora las que podrían intervenir son medianas y pequeñas. Aunque este tema ha sido mencionado como parte de los cambios en la ley, para Santos, no es necesario que conste en los cambios de ley, pues se podría hacer de manera directa en el reglamento.
En cuanto a la Codificación del Reglamento, se establecen la excepcionalidad y condiciones para la delegación a la iniciativa privada de los campos de Petroecuador. También se reglamentan las atribuciones y competencias en procesos licitatorios del Comité de Licitaciones Hidrocarburíferas (COLH) y se aclara el tema de cesión de derechos.
De acuerdo con el analista petrolero Miguel Robalino, el texto que expone el Ministerio es repetitivo en cuanto al Decreto 95 emitido por el presidente Lasso. Sin embargo, según Robalino, debería haber una reforma integral de la ley y no solo pocas medidas parche. Asegura que la Ley de Hidrocarburos tiene artículos en los cuales se cobran ciertos rubros en sucres.
En todo caso, dice que la ley demoraría algunos meses en aprobarse, por lo que considera que de manera inmediata debería tomar medidas de otra índole como llegar a acuerdos con las petroleras privadas para que apoyen el incremento de la producción y en el caso de Petroecuador entregar los recursos necesarios para realizar tareas de mantenimiento y mejora de producción. Considera que una vez que el Gobierno cuente con una reforma más integral de la ley, entonces se deberá realizar una socialización técnica para convencer a los asambleístas de la importancia de la norma.
Fuente: El Universo